Quiénes Somos

El Fondo Ítalo Ecuatoriano para el Desarrollo Sostenible (FIEDS) es un fondo de contrapartida establecido mediante el Acuerdo de Conversión de la Deuda en Proyectos de Desarrollo entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Italiana, el 29 de abril de 2016.

El Programa de Canje de Deuda “Fondo Ítalo Ecuatoriano para el Desarrollo Sostenible (FIEDS)” cuenta con un Reglamento Operativo es el marco normativo que define el ámbito de acción y el funcionamiento de las instancias directiva, técnica y estructura organizacional del FIEDS. Regula también las modalidades de administración financiera del Fondo de Contraparte (CF), así como los criterios y modalidades de selección de las iniciativas. En coherencia con el principio de cogestión, en el que se fundamenta el Fondo de Contraparte, la organización del FIEDS cuenta con un Comité Directivo, un Comité Técnico y una Secretaría Técnica y Administrativa. Las tres instancias representan los diferentes niveles de decisión del Fondo. En ellas están representadas las partes ecuatoriana e italiana, asegurando decisiones consensuadas y coordinadas por ambos gobiernos.

En particular, el Comité Directivo identifica los sectores donde se desarrollarán las iniciativas a financiare con fondos FIEDS. Para esto se rige por el documento del Programa.

Las modalidades de selección de las iniciativas a financiarse aseguran procesos abiertos y participativos que permitan identificar de forma transparente las propuestas más viables, eficientes, ágiles y que garanticen sustentabilidad. Las modalidades de selección pueden ser convocatorias o cualquier otro mecanismo de selección que permita una participación abierta relacionada a los instrumentos de planificación nacional y que respondan también a los criterios de la Cooperación Italiana.

Tendrán preferencia las iniciativas que generen dinámicas y sinergias de desarrollo en determinados ámbitos territoriales y/o sectoriales. Con este fin se favorecerá iniciativas complementarias entre sí que permitan multiplicar el impacto del Programa.

Las iniciativas a financiar no podrán superar el valor de dos millones de dólares de los EE.UU. y deberán incluir una contribución global mínima por parte de las entidades requirentes del 10%; sin perjuicio de que varias iniciativas financiadas se estructuren como componentes de un mismo proyecto.